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Camgo Política de copyright

Última actualización: 5 de agosto de 2020

Reportar reclamos de infracciones de derechos de autor

Tomamos en serio las reclamaciones de infracción de derechos de autor. Responderemos a las notificaciones de supuestas infracciones de derechos de autor que cumplan con la ley aplicable. Si cree que cualquier material accesible en o desde Camgo.com (el "sitio web") infringe sus derechos de autor, puede solicitar la eliminación de dichos materiales (o acceso a ellos) desde el sitio web enviando una notificación por escrito a nuestro agente de derechos de autor (designado a continuación). De acuerdo con la ley de limitación de responsabilidad por infracción de derechos de autor en línea de la ley de derechos de autor del Milenio Digital (17 U.S.C. § 512) ("DMCA"), la notificación por escrito (el "aviso de DMCA") debe incluir sustancialmente lo siguiente:

  • Su firma física o electrónica.

  • Identificación de la obra de copyright que usted cree que ha sido infringida o, si la reclamación involucra múltiples obras en el sitio web, una lista representativa de las obras.

  • Identificación del material que usted cree que infringe de manera suficientemente precisa para permitirnos ubicar ese material.

  • Información adecuada por la cual podemos contactarlo (incluyendo su nombre, dirección postal, número de teléfono y, si está disponible, dirección de correo electrónico).

  • Una declaración de que usted cree de buena fe que el uso del material con derechos de autor no está autorizado por el propietario de los derechos de autor, su agente o la ley.

  • Una declaración de que la información en la notificación escrita es exacta.

  • Una declaración, bajo pena de perjurio, de que usted está autorizado a actuar en nombre del propietario de los derechos de autor.

Nuestro agente de copyright designado para recibir avisos de DMCA es:

Corey D. Silverstein, Esq.

Silverstein legal

30150 Telegraph Road, Suite 444

Bingham Farms, Michigan 48025

(248) 645-1222 (fax)

dmca@camgo.com

Si usted no cumple con todos los requisitos de la sección 512 (c) (3) de la DMCA, su aviso de DMCA puede no ser efectivo.

Tenga en cuenta que si a sabiendas tergiversar materialmente ese material o actividad en el sitio web está infringiendo sus derechos de autor, puede ser responsable de los daños (incluidos los costos y honorarios de abogados) bajo la sección 512 (f) de la DMCA.

Procedimientos de contranotificación

Si usted cree que el material que publicó en el sitio web fue eliminado o el acceso a él fue desactivado por error o identificación errónea, puede presentar una contranotificación con nosotros (un "contra-aviso") enviando una notificación por escrito a nuestro agente de derechos de autor (identificado a continuación). De acuerdo con la DMCA, la contranotificación debe incluir sustancialmente lo siguiente:

  • Su firma física o electrónica.

  • Una identificación del material que se ha eliminado o a qué acceso se ha desactivado y la ubicación en la que el material apareció antes de que se quitó o se deshabilitó el acceso.

  • Información adecuada por la cual podemos contactarlo (incluyendo su nombre, dirección postal, número de teléfono y, si está disponible, dirección de correo electrónico).

  • Una declaración bajo pena de perjurio por usted que tenga una creencia de buena fe que el material identificado anteriormente fue removido o inhabilitado como resultado de un error o identificación errónea del material que se eliminará o desactivará.

  • Una declaración de que usted dará su consentimiento a la jurisdicción del Tribunal de Distrito Federal para el distrito judicial en el que se encuentra su dirección (o si reside fuera de los Estados Unidos, el Tribunal de distrito de los Estados Unidos para el distrito de Wyoming) y que va a aceptar el servicio de la persona (o un agente de esa persona) que proporcionó el sitio web con la queja en cuestión.

Los Contraavisos completados deben enviarse a:

Corey D. Silverstein, Esq.

Silverstein legal

30150 Telegraph Road, Suite 444

Bingham Farms, Michigan 48025

(248) 645-1222 (fax)

dmca@camgo.com

La DMCA nos permite restaurar el contenido eliminado si la parte que presenta el aviso de la DMCA original no presenta una acción judicial en su contra dentro de los diez días hábiles siguientes a la recepción de la copia de su contranotificación.

Tenga en cuenta que si a sabiendas tergiversar materialmente ese material o actividad en el sitio web fue removido o inhabilitado por error o identificación errónea, usted puede ser responsabilizado por daños (incluyendo costos y honorarios de abogados) bajo la sección 512 (f) de la DMCA.

Infractores reincidentes

Es nuestra política, en circunstancias apropiadas, deshabilitar o cancelar las cuentas de los usuarios que son infractores reincidentes de acuerdo con nuestra política de infractores reincidentes.

Small World Media LLC, una compañía de responsabilidad limitada de Wyoming (la "Compañía"), el propietario y operador de Camgo.com (el "Sitio web"), retirará todos los derechos y privilegios de sus suscriptores y titulares de cuentas (colectivamente, "suscriptores") que se consideran infractores reincidentes. A estos efectos, la Compañía contará "huelgas". Se producirá una huelga contra un suscriptor cada vez (1) que se haya adjudicado, en un tribunal de jurisdicción competente, que ha cometido una infracción de derechos de autor; (2) que la Compañía recibe un aviso de DMCA por separado que cumple sustancialmente con 17 U.S.C. § 512 (c) (3), enviado en un día calendario diferente de cualquier otro aviso de DMCA, alegando infracción de derechos de autor dentro de cualquier período de 12 meses; o (3) que la Compañía tiene conocimiento real de que ha cometido un acto de infracción de derechos de autor.

Cada adjudicación o aviso de DMCA por separado da lugar a una huelga por separado. Además, en la medida en que una sola adjudicación o aviso de DMCA se refiera a diferentes derechos de autor que se infringieron en diferentes días, puede dar lugar a múltiples advertencias.

No surge ninguna advertencia de una o más notificaciones de supuestas infracciones (independientemente de si están sujetas a una contranotificación del suscriptor) que no cumplen sustancialmente con 17 U.S.C. § 512 (c) (3), o de hechos o circunstancias de los cuales la infracción del suscriptor parece evidente, sin conocimiento real por parte de la Compañía.

La empresa ha decidido seguir la regla de "dos strikes y estás fuera". En consecuencia, un suscriptor contra el que haya dos advertencias se considerará un "infractor reincidente". El suscriptor será expulsado del sitio web tan pronto como sea posible (en el curso normal del negocio, dentro de una semana). No obstante, la Compañía se reserva el derecho de remitir una huelga en circunstancias apropiadas, como cuando el suscriptor proporciona evidencia adecuada de que infringió involuntariamente o en la creencia de buena fe de que su conducta no constituyó una infracción, o que el tribunal de decisión consideró la cuestión de infracción estar abierta a interpretaciones divergentes. La Compañía también considerará que las "circunstancias apropiadas" para remitir una huelga incluyen un requisito de proporcionalidad: un suscriptor que participa en una explotación a gran escala, un pequeño porcentaje del cual se determina que constituye una infracción de derechos de autor (incluso si es intencionalmente), no acumulará un huelga si esa infracción parece aberrante en todo el contexto de la explotación del suscriptor.

Una advertencia surgirá en virtud de cualquier acto de infracción de derechos de autor. Normalmente, esas actividades consistirán en la violación de los derechos previstos en el Título 17 del Código de los Estados Unidos. Sin embargo, en la medida en que la Compañía tenga conocimiento real de que un suscriptor ha violado las leyes de derechos de autor de un país extranjero o de uno de los varios estados, esa conducta igualmente constituye una huelga. La infracción en cuestión es reconocible independientemente de si ocurrió en un contexto en línea o en otro lugar.

Una vez expulsado del sitio web, el suscriptor no podrá volver a unirse al sitio web hasta diez años después de la huelga más reciente. Si un suscriptor que fue expulsado previamente regresa al sitio web, entonces por un período de un año, el suscriptor estará "en libertad condicional". Si, durante ese año, la Compañía recibe una notificación de infracción alegada en cuanto a esa persona, incluso sin corroboración o sentencia judicial, a la cual el suscriptor no responde con una contranotificación apropiada, el suscriptor será expulsado nuevamente. Cada vez que una persona o entidad haya sido expulsada dos veces, no podrá volver a unirse al sitio web de forma permanente.

Para estos fines, la Compañía mantendrá un registro de sus suscriptores destituidos. El registro se actualizará mensualmente y conservará todos los nombres implicados durante un período de 30 años.

Debido a los riesgos de actuar sobre la base de información inexacta, la Compañía no acumulará huelgas contra sus suscriptores basados ​​en acusaciones de que esas personas han sido expulsados ​​previamente por otro proveedor de servicios.

La Compañía acumulará una huelga con respecto al suscriptor únicamente. Si el suscriptor es una entidad, esa entidad se considerará la única entidad contra la que existe un ataque a los fines de la política de infractores reincidentes (lo que significa que ninguna persona quedará implicada).

Al mismo tiempo, si el suscriptor es un individuo, se considerará que él o ella es el único individuo contra el que existe una huelga a los fines de la política de infractores reincidentes (lo que significa que ninguna entidad corporativa estará implicada).

Una vez que un individuo o entidad ha sido destituido, la Compañía no permitirá que otro individuo o entidad que lleve sustancialmente el mismo nombre y dirección postal se inscriba en el sitio web, sin evidencia que demuestre que no es el mismo individuo o entidad que anteriormente expulsado. Además, en la medida en que se proporcione a la Compañía evidencia de que un suscriptor actual es la misma persona o entidad que fue destituida anteriormente, y el suscriptor actual no cuestiona de manera creíble esa evidencia, la Compañía terminará el servicio a ese suscriptor. Esta exclusión no se aplica, sin embargo, a los suscriptores previamente expulsados ​​que ya están autorizados a unirse después de transcurridos los años requeridos o después de cumplir con los otros criterios establecidos anteriormente.

La actividad de un suscriptor de retirar material impugnado o de resolver una demanda por infracción de derechos de autor, sin más, no se considerará que crea una advertencia. Deben tenerse en cuenta todas las circunstancias. Si, por ejemplo, en el contexto de un acuerdo, el suscriptor admite haber cometido una infracción de derechos de autor y la Compañía obtiene conocimiento real de esa admisión, surge una huelga.